Principios

Principios del Sindicato, aprobados en asamblea el 22 de Julio de 2017.

Denominación:

1. El Sindicato de Inquilin@s de Gran Canaria es una herramienta para organizar y reivindicar los derechos habitacionales de arrendatari@s, precaristas, indigentes, okupas, hipotecad@s y en general de todas las personas sin recursos con graves problemas de vivienda. Es una organización que se define como horizontal, asamblearia, autónoma y autogestionaria.

Estructura, ámbito territorial y domicilio:

2. Actualmente es un sindicato independiente ubicado en la isla de Gran Canaria.

3. Su funcionamiento es asambleario, dependiendo del órgano soberano de la asamblea la toma de todas las decisiones que afecten al sindicato. Primara el consenso, y cuando este no sea posible las mayorías simples.

4. La asamblea puede encomendar a sus miembros, mientras estos se ofrezcan voluntarios, distintas tareas y trabajos, entre los que se comprenden portavocía, tesorería, difusión informática, comunicación interna y externa, asesoramiento legal, organización de actividades de lucha por la vivienda (piquetes antidesahucio, expropiaciones, huelgas, etc.). Las tareas asignadas tienen que ser aprobadas por la mayoría de la asamblea. De ella depende velar por la rotatividad de los cargos.

5. El marco de actuación del sindicato son todos los municipios de la isla de Gran Canaria. Sin menoscabo de con el tiempo su actividad pueda extenderse a otros lugares y territorios con la creación de otros sindicatos adscritos a estos principios básicos.

6. Su sede física se encuentra actualmente fijado en la comunidad de vecin@s autogestionada de “La Esperanza”, en la carretera del norte, km 24, s/n, Albercón de la Virgen, municipio de Santa María de Guía, en Gran Canaria. Sin que sea impedimento para un futuro cambio de domicilio.

Finalidades y medios:

7. El objetivo del sindicato es garantizar para todas las personas sin recursos una vivienda digna. Intentará lograrlo organizando a l@s afectad@s, promoviendo en ell@s la necesidad de entender sus problemas como un conflicto colectivo, tejiendo redes de solidaridad y apoyo mutuo y reforzando la idea autonomista de que les corresponde a ell@s resolver, sin delegar, sus propios problemas.

8. Para conseguir esto se asesorará a l@s inquilin@s a la hora de contratar un alquiler, buscando clausulas abusivas en los contratos firmados o por firmar.

9. Se tratará de ayudar a encontrar a las personas sin hogar alternativas habitacionales a través de la expropiación y socialización de inmuebles abandonados, primando siempre los que estén en manos de organismos públicos o de entidades financieras.

10. Se asesorará a las personas que vayan a ser víctimas de un desalojo injustificado para hallar la mejor solución a su problema, sea la vía legal/administrativa, la negociación, el piquete antidesahucio o el realojo.

11. Se explorarán otras herramientas de lucha colectiva como son las Huelgas de Alquileres, a fin de detener desahucios masivos, conseguir una rebaja general de los alquileres, etc.

12. Se buscarán otras alternativas de vivienda que pasen por la gestión directa de los inmuebles por parte de quienes los habitan. Nuestro objetivo último es conseguir que las vecinas y vecinos de los barrios sean los que tomen las decisiones sobre cómo debe organizarse y distribuirse el acceso a una vivienda digna.

Afiliación:

13. Se considerará afiliada a cualquier persona que, con independencia de sus ideas o creencias (políticas, filosóficas o religiosas), lugar de nacimiento, edad, género, etc., tenga un problema real de vivienda, o tenga la determinación de luchar por nuestra causa, y esté dispuesta a abonar a tesorería los 50 céntimos de euros mensuales de cuota (pudiendo dar más de esta cantidad quien así lo desee). Esta cantidad podra cambiar en el futuro si así lo decide la asamblea.

14. Podrá perderse la afiliación si se sabotea al sindicato o se imposibilita el buen funcionamiento de este.

15. Aquellos que con su actividad personal o profesional promuevan la especulación de la vivienda o propicien y faciliten la ejecución de desahucios no podrán ser afiliad@s.

Independencia económica, estructural y relaciones:

16. El sindicato se financiará exclusivamente con las cuotas de sus afiliad@s o con los donativos de particulares o colectivos no gubernamentales. Sin descartar otras vías de autofinanciación que no contradigan el principio de autogestión y que permitan conservar la independencia económica del sindicato.

17. El sindicato se declara independiente, en estructura y modo de actuar, de cualquier otro sindicato, federación o partido político, y especialmente de cualquier institución u organismo público.

18. El sindicato abre sus manos a la colaboración con cualquier individuo o colectivo interesado en luchar por las mismas causas que nosotr@s, determinando cada circunstancia el tiempo y modo de la colaboración.

Disolución del sindicato:

19. La disolución debe ser aprobada por mayoría absoluta en asamblea. Esta decidirá entonces a dónde se destinan los fondos del sindicato y su patrimonio.